Diferencia entre revisiones de «Partes De Pesca Vencidos»
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+ | El Parte de Pesca Electrónico se debe cumplimentar indefectiblemente dentro de un plazo máximo de SETENTA Y DOS HORAS (72 hs.) contadas a partir de la finalización de cada marea. En caso de no poder confeccionar el "Parte de Pesca Electrónico" en dicho plazo por causa de fuerza mayor, los armadores y/o locatarios deberán presentar una solicitud de prórroga de VEINTICUATRO HORAS (24h), fundamentando las causas de tal impedimento. | ||
− | Para solicitar la autorización de carga de un Parte de Pesca vencido deberá comenzar a cargar el parte de pesca normalmente, si el sistema detecta que la fecha de desembarque supera las 72hs a la fecha y hora actual esté le solicitará que justifique el motivo del atraso, luego esta alerta de carga vencida llega a las autoridades de pesca que deciden sobre la autorización de carga. | + | Para solicitar la autorización de carga de un Parte de Pesca vencido deberá comenzar a cargar el parte de pesca normalmente, si el sistema detecta que la fecha de desembarque supera las 72hs a la fecha y hora actual esté le solicitará que justifique el motivo del atraso, luego esta alerta de carga vencida llega a las autoridades de pesca que deciden sobre la autorización de carga. |
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+ | En caso de que la autorización se resuelva favorablemente deberá finalizar la carga del parte de pesca en el sistema, para esto en el nuevo inicio de sesión el sistema obligará a que complete la información del parte. | ||
'''Recomendamos que tenga a mano la información del Parte de Pesca por el cual solicita la autorización previo al próximo inicio de sesión.''' | '''Recomendamos que tenga a mano la información del Parte de Pesca por el cual solicita la autorización previo al próximo inicio de sesión.''' |
Revisión del 20:05 27 may 2019
El Parte de Pesca Electrónico se debe cumplimentar indefectiblemente dentro de un plazo máximo de SETENTA Y DOS HORAS (72 hs.) contadas a partir de la finalización de cada marea. En caso de no poder confeccionar el "Parte de Pesca Electrónico" en dicho plazo por causa de fuerza mayor, los armadores y/o locatarios deberán presentar una solicitud de prórroga de VEINTICUATRO HORAS (24h), fundamentando las causas de tal impedimento.
Para solicitar la autorización de carga de un Parte de Pesca vencido deberá comenzar a cargar el parte de pesca normalmente, si el sistema detecta que la fecha de desembarque supera las 72hs a la fecha y hora actual esté le solicitará que justifique el motivo del atraso, luego esta alerta de carga vencida llega a las autoridades de pesca que deciden sobre la autorización de carga.
En caso de que la autorización se resuelva favorablemente deberá finalizar la carga del parte de pesca en el sistema, para esto en el nuevo inicio de sesión el sistema obligará a que complete la información del parte.
Recomendamos que tenga a mano la información del Parte de Pesca por el cual solicita la autorización previo al próximo inicio de sesión.