Partes De Pesca Vencidos
El Parte de Pesca Electrónico se debe debe cumplimentar dentro de un plazo máximo de VEINTICUATRO HORAS (24 h) contadas a partir del arribo del buque a puerto, una vez finalizada la marea. No se permitirá proceder a las tareas de descarga hasta tanto se haya cumplido con el grabado electrónico del parte de pesca y su correspondiente confirmación por el armador en el sistema. En caso de no poder confeccionar el "Parte de Pesca Electrónico" en dicho plazo por causa de fuerza mayor, los armadores y/o locatarios deberán presentar una solicitud de prórroga de VEINTICUATRO HORAS (24h), fundamentando las causas de tal impedimento.
Para solicitar la autorización de carga de un Parte de Pesca vencido deberá comenzar a cargar el parte de pesca normalmente, si el sistema detecta que la fecha de desembarque supera las 24hs a la fecha y hora actual esté le solicitará que justifique el motivo del atraso, luego esta alerta de carga vencida llega a las autoridades de pesca que deciden sobre la autorización de carga.
En caso de que la autorización se resuelva favorablemente deberá finalizar la carga del parte de pesca en el sistema, para esto en el nuevo inicio de sesión el sistema obligará a que complete la información del parte.
Recomendamos que tenga a mano la información del Parte de Pesca por el cual solicita la autorización previo al próximo inicio de sesión.